
Licencia de actividad inocua Tenerife
Actividades inocuas en Tenerife: declaración responsable y licencia de apertura
La apertura e inicio de actividades inocuas en Tenerife, como pequeños comercios, peluquerías, salones de belleza, consultas médicas o despachos profesionales, debe comunicarse al ayuntamiento antes de iniciar la actividad. Esta comunicación previa suele tramitarse mediante declaración responsable de actividad inocua y permite abrir el negocio e iniciar la actividad desde el mismo momento en que se presenta la documentación, sin esperar a que el ayuntamiento conceda una autorización expresa. Además, normalmente será necesario abonar la correspondiente tasa municipal de apertura.
Por definición, una actividad se considera inocua cuando no esté catalogada como clasificada, molesta, insalubre o peligrosa.
Si tu actividad no aparece en esta lista: lista de actividades clasificadas de Canarias, es posible que se considere actividad inocua.
Además, las actividades comerciales en locales con menos de 100 m2 de atención al público y superficie de venta, descontando baños, almacenes y otras zonas auxiliares, también suelen considerarse actividades inocuas en Tenerife.
Procedimiento de comunicación previa de actividad inocua en Tenerife
Aunque cada ayuntamiento de Tenerife tiene su propio procedimiento y la documentación o tasas pueden variar de un municipio a otro, en general la comunicación previa de inicio de actividad inocua mediante declaración responsable suele exigir 4 bloques documentales:
- Documentación técnica sobre el local, sus instalaciones y la actividad inocua a desarrollar.
- Autorizaciones sectoriales previas cuando procedan (sanidad, industria, comercio, educación, turismo…).
- Documentación administrativa del titular y de la actividad.
- Abono de la tasa municipal en concepto de apertura o inicio de actividad.
Documentación técnica para actividades inocuas
1) Documentación técnica para el inicio de actividades inocuas.
Todos los ayuntamientos de Tenerife, sin excepción, exigen la presentación de un certificado técnico de instalaciones y actividad, firmado por técnico competente (ingeniero o ingeniero técnico), que acredite que tanto el local como sus instalaciones (electricidad, saneamiento, ventilación, protección contra incendios, climatización, etc.) cumplen la normativa urbanística, los reglamentos técnicos y la legislación sectorial aplicable, además de la normativa sobre accesibilidad y seguridad de utilización. Este certificado también debe describir la actividad a desarrollar, sus horarios, mobiliario, materiales utilizados y el tipo de productos o mercancías que se emplearán o almacenarán.
Algunos ayuntamientos facilitan su propio modelo orientativo de certificado técnico para actividades inocuas en Tenerife (Santa Cruz, La Laguna, Arona y otros), que el técnico debe adaptar a cada local y a cada actividad concreta. Este certificado deberá ir acompañado de una serie de planos técnicos exigidos por el ayuntamiento:
- Plano de situación y emplazamiento del local en el edificio al que pertenezca.
- Plano de planta acotada indicando las dimensiones del local y sus estancias.
- Plano de distribución de superficies y usos de las estancias indicando su mobiliario.
- Plano de instalaciones reflejando los elementos de la instalación eléctrica, iluminación, fontanería y saneamiento, gas, ventilación y climatización.
- Plano de evacuación y medios de protección contra incendios (extintores, detectores, bocas de incendio, rociadores, señalización y alumbrado de emergencia).
- Planos de sección indicando alturas libres.
- Planos de alzado indicando dimensiones de los accesos y huecos en fachadas.
- Planos y montajes de cartelería y publicidad exterior.
Al certificado técnico habrá que acompañar, además de los planos anteriores, un reportaje fotográfico del local y sus instalaciones listo para la apertura y, en muchos casos, incluir como anexos los boletines de las instalaciones eléctricas y de protección contra incendios, así como los contratos de mantenimiento suscritos con empresas o instaladores autorizados por el Gobierno de Canarias.
Para preparar esta documentación visitamos el local, inspeccionamos sus instalaciones y realizamos el levantamiento de los planos necesarios. Si el local necesita reformas o reparaciones para cumplir la normativa general o la normativa específica de la actividad, te lo indicamos y te ponemos en contacto con instaladores y empresas especialistas en reformas y adecuación de locales.
Aunque no siempre es obligatorio, sí es recomendable que la documentación técnica esté visada por el Colegio Profesional de Ingenieros. Esto aporta mayor formalidad al expediente y puede reducir requerimientos posteriores por parte del ayuntamiento.
Autorizaciones sectoriales previas
2) Autorizaciones sectoriales previas.
Algunas actividades como clínicas, consultas médicas, talleres, fábricas, academias, escuelas, viviendas vacacionales o establecimientos turísticos requieren, además de la comunicación al ayuntamiento, autorizaciones previas de distintas consejerías o administraciones competentes, como sanidad, industria, educación o turismo.
A la declaración responsable de actividad inocua deberán adjuntarse estas autorizaciones sectoriales o, en su defecto, el resguardo acreditativo de haberlas solicitado.
En Ion Ingeniería también tramitamos estas autorizaciones sectoriales previas en Tenerife. En muchos casos, la documentación es muy similar a la necesaria para la licencia de apertura o comunicación previa de actividad inocua, lo que permite ahorrar tiempo y costes.
Documentación administrativa y modelo de declaración responsable
3) Documentación administrativa adicional.
Al presentar la declaración responsable para actividades inocuas en Tenerife, cada ayuntamiento puede exigir documentación obligatoria en todos los casos y otra documentación adicional solo en determinadas circunstancias.
Es habitual que se solicite:
- Documento de identificación del titular, persona física o sociedad, de la actividad pretendida (NIF/CIF).
- Modelo de declaración responsable cumplimentado y firmado por el titular de la actividad.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente.
- Referencia catastral del local, oficina o nave.
También suele ser necesario declarar que se dispone de determinada documentación, aunque no siempre haya que aportarla en el momento de la presentación:
- Licencia de primera ocupación del local, cédula de habitabilidad o certificado de seguridad estructural.
- Pólizas de seguro de responsabilidad civil, según la actividad.
- Autorizaciones sectoriales previas.
- Contratos de arrendamiento o escrituras que acrediten la disponibilidad del local.
Tasa municipal de apertura de actividad inocua
4) Abono de la tasa municipal por derecho de apertura.
Cada ayuntamiento fija la tasa a cobrar por el inicio de negocio en concepto de derecho de apertura. La cuantía suele calcularse en función de la superficie en m2 del local y, en algunos municipios, también en función de la zona en la que se ubique el establecimiento.
En Santa Cruz de Tenerife y en La Laguna, esta tasa puede abonarse telemáticamente dentro del propio procedimiento de comunicación previa. En otros municipios, como Arona, el trámite puede requerir el envío previo del formulario al área de rentas para obtener la carta de pago correspondiente.
Algunos municipios, como Santa Cruz de Tenerife, han anunciado cambios en la tasa de apertura para 2026, aunque conviene revisar siempre la ordenanza fiscal vigente en el momento del trámite.
Orientativamente, el importe de la tasa para actividades inocuas en Santa Cruz de Tenerife actualmente es:
| Hasta 100 metros (cuota mínima) | 282,40 € |
| De 101 a 200 m2 | 343,90 € |
| De 201 a 400 m2 | 451,00 € |
| De 401 a 750 m2 | 795,40 € |
La tarifa de 401 a 750 m2 se incrementará a partir de 750 m2 en 1,20 euros por cada m2, tomando como base mínima la del tramo anterior.
De forma similar, el Ayuntamiento de La Laguna aplica la siguiente tasa por apertura:
| Importe inicial al que se le incrementará por m2 según los tramos siguientes: | 525 € |
| 1. Hasta 50 m2 | 0,89 € |
| 2. De 51 a 150 m2 | 1,31 € |
| 3. De 151 a 250 m2 | 1,58 € |
| 4. De 251 a 350 m2 | 1,84 € |
| 5. Más de 351 m2 | 2 € |
Trámite de comunicación previa de actividad inocua por municipios de Tenerife
A continuación te dejamos enlaces a los procedimientos de comunicación previa de actividad inocua en Tenerife en distintos municipios de la isla. En cada enlace podrás consultar la documentación exigida, la tasa de apertura, la forma de presentación y, en algunos casos, descargar modelos orientativos de certificado técnico.
Recuerda que, una vez presentada correctamente la documentación exigida y abonada la tasa correspondiente, la actividad inocua puede iniciarse sin esperar resolución expresa del ayuntamiento, siempre que el expediente esté completo y el local cumpla la normativa aplicable.
Santa Cruz de Tenerife: Declaración Responsable de Actividad Inocua Santa Cruz de Tenerife
San Cristóbal de La Laguna: Comunicación previa para el inicio de actividad no clasificada San Cristóbal de La Laguna
Arona: Comunicación previa de actividad inocua Arona
Adeje: Comunicación previa de inicio de actividad inocua Adeje
Puerto de la Cruz: Comunicación previa para el inicio de actividad inocua Puerto de la Cruz
Granadilla de Abona: Comunicación previa de apertura de actividad inocua Granadilla de Abona
Candelaria: Comunicación previa de inicio de actividad inocua Candelaria
Tacoronte: Comunicación previa actividades comerciales minoristas y prestación de servicios Tacoronte
Icod de los Vinos: Comunicación previa de actividad inocua Icod de los Vinos
Güímar: Comunicación previa de actividad inocua Güímar
Arafo: Comunicación previa actividades inocuas Arafo
Los Realejos: Comunicación previa de inicio de actividad inocua Los Realejos
El Rosario: Comunicación previa para el inicio de actividades inocuas El Rosario
Ingeniería para actividades inocuas en Tenerife
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